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FUNDACIONES Las Fundaciones al igual que las corporaciones son entes jurídicos sin fines de lucro, creados por la reunión de un capital aportado por uno o más constituyentes, con el objeto de desarrollar actividades de beneficencia. Son regidas por sus estatutos, que deben ser aprobados por el presidente de la republica. Tienen un patrimonio propio que no pertenece a ninguno de los individuos de la fundación si no a la fundación misma. La disolución de la fundación se produce cuando se destruyen los bienes destinados a su manutención o se limita el capital a un monto tal que no haga posible operar para los fines que fue creada. Los bienes quedantes de la fundación al momento de su disolución se estará a lo señalado en los estatutos. Si nada se dice corresponderá al Presidente de la Republica su distribución. |